

¿Qué es la resolución 0472 de 2017?
La Resolución 0472 de 2017 aplica a todos los generadores de RCD, tanto personas naturales como jurídicas que en su actividad constructiva generen RCD. En esta resolución encontramos dos tipos de generadores, los grandes y los pequeños, cada uno con diferentes responsabilidades, así:
GENERADOR GRANDE:
Si el proyecto tiene más de 2000 metros cuadrados y requiere licencia de construcción. Tienes que tener en cuenta:
1.
Formular un programa de manejo ambiental de RCD (MPA-RCD) (ART.13 Res.)


Formular, implementar y mantener un PMA-RCD cumpliendo con la resolución, diligenciando el FORMATO ÚNICO PARA LA FORMULACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA DE MANEJO AMBIENTAL, con:


Datos del generador de RCD: Empresa, constructora responsable del proyecto.


Datos de la obra: Nombre del proyecto, ubicación (coordenadas, dirección, etc), área, copia de la licencia de construcción, tiempo de ejecución, fecha de inicio, fecha de finalización.


Descripción de las actividades específicas de prevención y reducción de generación de RCD: Detalle de las estrategias a implementar para reducir la generación de residuos.


Proyección de RCD a generar por tipo de residuo: La proyección debe hacerse en toneladas


Descripción de las actividades de demolición selectiva: Este aparte se diligencia si en el lugar se realizará una demolición selectiva.


Descripción de las actividades de almacenamiento temporal de RCD en obra: Indica en qué lugares y qué envases, así como la señalización que vas a utilizar para hacer la gestión interna de los residuos.


Descripción de las actividades de aprovechamiento de RCD en obra y fuera de esta: Indica cómo vas a aprovechar los RCD en tu proyecto y en caso de llevar a plantas de aprovechamiento, incluye la información.


Gestores de RCD: Debes realizar una investigación de los gestores por tipo de residuos con los que pueden trabajar en tu región e incluir ese listado en este numeral.


Implementación del PMA – RCD incluye almacenamiento y aprovechamiento, así como indicadores: Este es el paquete que debes entregar a la autoridad ambiental 45 días calendario después de finalizar la obra junto con las constancias de los gestores; debes incluir:


Almacenamiento, aprovechamiento (en obra o entregado a un gestor) y disposición final: Debes tener una tabla donde relaciones y totalices la cantidad, en toneladas, de los residuos gestionados por tu obra discriminados por los residuos que aprovechaste en obra, lo que se entregó a punto limpio, los que se entregaron a una planta de aprovechamiento y los que se entregaron a disposición final. Se tienen en cuenta tanto los susceptibles de aprovechamiento, así como los no susceptibles de aprovechamiento.
Indicadores: Presenta una tabla donde relaciones los 6 indicadores que indican las resoluciones en el anexo 1, numeral 9.2:
1.
Cantidad de materiales de construcción usados en obra (t/obra).
2.
Cantidad de RCD generado en obra (t/obra).
3.
Cantidad de RCD aprovechando en obra (t/obra).
4.
Cantidad de RCD recibido en punto limpio (t/obra).
5.
Cantidad de RCD recibido en planta de aprovechamiento (t/obra).
6.
Cantidad de RCD llevado a sitio de disposición final de RCD (t/obra).


Metas de reutilización: Al igual que los indicadores anteriores, te recomendamos usar una hoja de cálculo donde lleves el histórico de residuos gestionados mensualmente. Dentro de las opciones de aprovechamiento se
tienen 3:




Utilizar materiales o elementos con contenido o fabricados a partir de RCD.).




Aprovechar los residuos generados en el proyecto.




Utilizar materiales o elementos con contenido o fabricados a partir de RCD.).


La meta se cumple sumando los porcentajes de las tres opciones anteriores y no debe ser inferior al 2% en peso del total de materiales usado en obra, y este porcentaje crecerá 2% anual hasta alcanzar como mínimo el 30%. Ten en cuenta lo siguiente:


El PMA-RCD debe presentarse ante la autoridad ambiental competente 30 días antes de iniciar las obras y presentar el reporte de implementación (resultados) 45 días antes del cierre de la obra. Investiga cuál es la autoridad ambiental de la región donde ejecutaste la obra y los mecanismos que tienes para entregar esta información. Algunos la reciben en físico, otros pueden contar con plataformas digitales para el envío de estos documentos.
2.
Prevenir y reducir (ART.5 Res.)


Los generadores de RCD deberán implementar medidas para la prevención y reducción de la generación de
RCD, incluyendo las siguientes:
Planeación adecuada de la obra que incluya la determinación de la cantidad estrictamente necesaria de materiales de construcción requeridos, con el fin de evitar pérdida de materiales.
Realizar separación por tipo de RCD en obra.
Almacenamiento diferencial de materiales de construcción.
Control de escorrentía superficial y manejo de aguas lluvias en la obra.
Recomendación Maat: Incluye más estrategias de minimización. Los planes de capacitación, actividades de sensibilización, trabajar con proveedores responsables pueden ser otras opciones. Esta información debes consignarla en el numeral 5 del PMA- RCD.
3.
Recolección y transporte (ART.6 Res.)


La recolección y transporte de los RCD deberán cumplir como mínimo las siguientes condiciones:


La carga deberá ser acomodada de tal manera que su volumen esté a ras del platón o contenedor, es decir, a ras de los bordes superiores más bajos del platón o contenedor.


Posibilitar el cargue y el descargue de los RCD evitando la dispersión de partículas.


Cubrir la carga durante el transporte, evitando el contacto con la lluvia y el viento.


Los vehículos utilizados para esta actividad deben cumplir con las normas vigentes de tránsito y transporte y de emisiones atmosféricas.
4.
Almacenamiento RCD (ART.7)


Los grandes generadores de RCD, deberán establecer uno o varios sitios para el almacenamiento temporal de los residuos de construcción y demolición en la obra, donde se deberá efectuar la separación de acuerdo con el tipo de RCD, definidos en el artículo 2. La resolución nos da las siguientes medidas mínimas de manejo:
Establecer barreras para evitar el impacto visual en los alrededores del sitio de almacenamiento.
Realizar obras de drenaje y control de sedimentos (desarenadores, cárcamos, etc)
Estar debidamente señalizados.
Realizar acciones para evitar la dispersión de partículas.
Recomendación Maat: Documenta estas prácticas en el PMA-RCD para mayor control y actualiza en caso de ajuste o cambios durante el desarrollo del proyecto.
5.
Aprovechamiento RCD (ART.9 Res.)


El aprovechamiento de RCD se realizará en plantas de aprovechamiento fijas o móviles y los sitios a donde se envíen los RCD deberán contar mínimo con las siguientes áreas de operación:


Recepción y pesaje.


Separación y almacenamiento por tipo de RCD aprovechables.


Aprovechamiento.


Almacenamiento de productos.
Recomendación Maat: Visita los sitios donde se realice el aprovechamiento de los RCD y verifica que cumpla con lo establecido en este artículo, contar con las licencias y permisos de la autoridad ambiental competente y realizar periódicamente la vigilancia de dichas licencias.
6.
Disposición final RCD (ART.11 Res.)


Los municipios y distritos deberán seleccionar los sitios específicos para la disposición final de los RCD a que se refiere esta resolución, los cuales pueden ser de carácter regional o local.
Recomendación Maat: Visita los sitios donde se realice el aprovechamiento de los RCD y verifica que cumpla con lo establecido en este artículo, contar con las licencias y permisos de la autoridad ambiental competente y realizar periódicamente la vigilancia de dichas licencias.
7.
Obligaciones generador RCD y metas (ART15 y 19)


Como grandes generadores deben cumplir con:
Formular, ajustar y mantener actualizado el PMA – RCD. Recomendamos hacer cortes mensuales de información. Recuerda que los certificados o constancias del gestor deben contener la información mes a mes.
Cumplir con la meta de aprovechamiento. Usar RCD aprovechables como mínimo un 2%, para el 2020 el porcentaje está en 6%, del peso del total de los materiales usados en la obra. Dentro de las opciones de aprovechamiento también está hacer aprovechamiento de materiales en obra.
Para el caso de los municipios de categorías Especial, 1,2 y 3 el cumplimiento de la meta inició desde enero de 2018.
Para el caso de los municipios de categorías 4, 5 y 6 el cumplimiento de la meta inició a partir de enero de 2023.


Fuente: (Ley 1551, 2012)
GENERADOR PEQUEÑO
Si tu actividad en el sector de la construcción es un proyecto que no requiere licencia de construcción o es inferior a 2.000 metros cuadrados. Debes tener en cuenta los siguientes aspectos:
1.
Obligaciones de los pequeños generadores de RCD (ART.15 RES)


Debes entregar los RCD a un gestor para que realice las actividades de recolección y transporte hasta los puntos limpios, sitios de aprovechamiento o sitios de disposición final según sea el caso.
Al igual que los «Grandes Generadores» los «Pequeños generadores» deben aplicar las medidas de prevención y reducción (Art. 5), de recolección y transporte (Art. 6), almacenamiento (Art. 7), aprovechamiento (Art. 9) y
disposición final (Art. 9).
Recomendación Maat: Revisa las obligaciones del gran generador y procura cumplirlas, ya que en algunas ocasiones la autoridad ambiental puede solicitar reporte reutilización, certificados de disposición final y separación en sitio. Esto último puede darse ya que está contemplado en el Código de Policía (Ley 1801 de 2016) donde se exige que se realice esta actividad (Art. 28,94, 111, 173, 135).
¡IMPORTANTE! Prohibiciones generador RCD (ART. 11 Res.)


Abandonar los residuos.
Disponer RCD en espacios públicos o en rellenos sanitarios.
Mezclar RCD con residuos ordinarios o residuos peligrosos.
El almacenamiento temporal no puede ser en zonas verdes, áreas arborizadas, áreas de recreación, parques, ríos, etc.
Con la vigencia de la Resolución 472 de 2017, a partir del 01 de enero de 2018, se deben ajustar los métodos y procesos de los empresarios de la construcción para cumplir con la normatividad.
En MAAT somos expertos en Disposición y Recolección de RCD, te acompañamos y asesoramos en el diseño y actualización de los procesos de PMA. No dudes en consultarnos, y así evitar inconvenientes con las
autoridades ambientales.
REFERENCIAS
Congreso de la República. (2012). Ley 1551. Obtenido de Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios:
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1551_2012.html
Resolución 472. (2017). Minambiente. Obtenido de www.minambiente.gov.co:
https://www.minambiente.gov.co/images/normativa/app/resoluciones/3a-RESOLUCION-472-DE-2017.pdf
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